La izquierda apela a los casos Morelia (2011), Zimapán (2008) y Tabasco (2000) para exigir invalidar elección (DOCUMENTO)

16/07/2012 - 3:30 pm

La izquierda mexicana hizo público este día un documento en el que detalla las bases de la impugnación del proceso electoral ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), y este argumenta que hubo inequidad en el proceso. Como antecedentes jurídicos, presenta el caso de la elección municipal en Morelia, Michoacán en el 2011; en Zimapán, Hidalgo en el 2008, y en la elección para gobernador de Tabasco en el 2000.

En el documento, el Movimiento Progresista, que tuvo como candidato presidencial a Andrés Manuel López Obrador, apela a violaciones constitucionales que se derivan de una interpretación del mismo Tribunal Electoral: “…un acto no puede ser entendido como elección a la que se refiere la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, cuando no se ajusta a los elementos previstos en ella, ni es dable reconocerle efectos jurídicos, sino por el contrario debe ser privado de efectos, a lo cual puede identificarse como causa de invalidez por violaciones constitucionales”.

“Hemos tomado la decisión de impugnar la elección presidencial del 1ero de julio para solicitar al Tribunal Electoral la invalidez de la misma. La base de nuestra impugnación son las evidencias de que las recientes elecciones no fueron libres ni auténticas violándose los principios constitucionales establecidos en el Artículo 41 de la Constitución”, señala el documento.

De acuerdo con la presentación, los principios rectores del sistema electoral que se rompieron fueron la equidad, el rebase significativo del tope de campaña autorizado por el Cofipe, la manipulación de encuestas para confundir la opinión pública e inducir el voto, la compra y coacción del voto, la violación de los topes máximos de aportación particular -que no deben rebasar el 10% del tope de campaña-, estructuras paralelas e ilícitas de financiamiento y la adquisición de tiempos en radio y televisión para transmitir  encuestas, como propaganda electoral, violando el artículo 41 de la Constitución que lo prohíbe.

Como antecedentes jurídicos para la invalidación, presenta el caso de la elección municipal en Morelia, Michoacán en el 2011; en Zimapán, Hidalgo en el 2008, y en la elección para gobernador de Tabasco en el 2000. El primero y último caso basados en el artículo 41, el segundo por la violación al artículo 130 de la Constitución.

La defensa asegura que “cuando algún partido de manera reiterada y sistemática viola la Ley Electoral procede además de la invalidez de la elección y la cancelación del registro del partido político”, por lo que se solicita la invalidez de la elección presidencial.

Se espera que el Tribunal Electoral de a conocer su fallo el 6 de septiembre próximo.

en Sinembargo al Aire

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